Privilegios de la Villa de Orgaz
1239. Privilegio para celebrar mercado semanal. Sancho IV. El Rey Sancho IV concedió en el año 1239 a Don Gonzalo Ruiz de Toledo, IV Señor de Orgaz, y a sus descendientes, un día de mercado semanal para Orgaz. (1) 20-06-1350, Sevilla. Privilegio para nombrar justicias y escribanos en la Villa de Orgaz, otorgado por el Rey Pedro I a favor de Martín Fernández, V Señor de Orgaz.
El 20 de julio de 1350 el rey Pedro I firmó este privilegio en Sevilla, por el que otorgaba al V Señor de Orgaz la jurisdición civil y criminal y la potestad de nombrar justicias y escribanos en Orgaz y otra serie de potestades. Ver texto aquí 25-10-1351, Valladolid. Confirmación del Privilegio de Pedro I de 20 de julio de 1350.
1371. Confirmación por Enrique II del Privilegio de Pedro I de 20 de julio de 1350,
San Martín de la Montiña. Los orgaceños tenían derecho a llevar a sus ganados a pastar y cortar leña en la dehesa del Común de San Martín de la Montiña, de la que era propietaria la villa de Orgaz, junto con otros pueblos vecinos: “También tiene esta villa el privilegio del pastar con sus ganados y cortar leña en una grande dehesa y monte que llaman el Común, y por otro nombra San Martín de la Montiña, contigua a la dehesa del Castañar, que tiene de extensión 12.607 fanegas según la medida que en otro tiempo se hizo, cuya dehesa compró esta villa (aunque se ignora en que tiempo, y a quien) asociada con Mora, Sonseca, Ajofrin, Mazarambroz, Almonacid de Toledo, Villaminaya, Mascaraque, Manzaneque, Arisgotas, Casalgordo, Layas, Pulgar, Villa Seca de la Sagra, todos estos catorce pueblos, no solo tiene la propiedad en dicha dehesa del Común sino también la jurisdicción civil y criminal, que ejercen por dos alcaldes, que nombran en dos en dos años en esta forma: dos años son alcaldes un vecino de esta villa de Orgaz y otro del lugar de Villaminaya. Otros dos años toca la adjudicatura a un vecino de la villa de Mora y a otro del lugar de Almonacid de Toledo, y otros dos años pertenece a un vecino de la villa de Ajofrin asociado con otro del lugar de Mazarambroz. Las demás villas y lugares de la comunidad aunque tienen voto en la junta, mas no tienen la adjudicatura.(6) 1573 Privilegio para que las alcabalas de la villa de Orgaz no puedan ser en ningún tiempo vendidas ni enagenadas de la Corona Real. Felipe II. Orgaz tenía pagadas directamente las alcabalas reales, por un Privilegio que concedió Felipe II a Orgaz: "Habiendo llegado noticias sobre el carácter v condiciones de los vecinos de la Villa de Orgaz al sucesor de Carlos I, Felipe II, el año 1573, y siéndole a éste preciso por circunstancias especiales el acumular fondos, entró en trato con el Concejo de la villa, que conociendo las formas, y trascendentales miras del nuevo monarca, contribuyó a aumentar la recaudación nacional con 10.000 ducados, exigiendo al par de Su Majestad un privilegio para no permitir nunca vender las alcabalas de la Villa, privilegio que alcanzó, y más tarde confirmó don Felipe III […] ". (7) 24-112-1577, Madrid. Vender sus paños en Toledo. Felipe II. Los de Orgaz podían vender sus paños en Toledo y los lugares de su jurisdicción, por una real ejecutoria, fechada en Madrid el 24 de diciembre de 1577, en la que se autorizaba a los vecinos de Orgaz, Ajofrin y Sonseca para vender en Toledo los paños que elaboraban, revocando la decisión que la ciudad de Toledo había tomado de prohibir esta venta.
___________________________ (1) PORRES DE MATEO, J.; RODRÍGUEZ DE GRACIA, H. y SÁNCHEZ GONZÁLEZ, R.: Descripciones del Cardenal Lorenzana (Archivo diocesano de Toledo).- Toledo: Instituto de Investigaciones y Estudios Toledanos, 1986. pp.439-440 (2) PEREZ DE VARGAS Y PULGAR, Licenciado: Por la ciudad de Toledo, y Cabildo de herederos del vino della, con el Conde, y villa de Orgaz, sobre la entrada del vino que los moradores de Orgaz pretenden en la dicha ciudad como vezinos della .... -- [S.l.] : [s.n.], [16--?], § 127 (3) HURTADO DE MENDOZA, Colmenares: Por el Conde y Villa de Orgaz con la ciudad de Toledo, y el gremio de herederos del vino della. -- [S.l.] : [s.n.], [d.1625] , § 77 (4) Ibidem , §77 (5) PEREZ DE VARGAS Y PULGAR, Licenciado: Por la ciudad de Toledo, y Cabildo de herederos del vino della, con el Conde, y villa de Orgaz, sobre la entrada del vino que los moradores de Orgaz pretenden en la dicha ciudad como vezinos della .... -- [S.l.] : [s.n.], [16--?], § 142 (6) PORRES DE MATEO, J.; RODRÍGUEZ DE GRACIA, H. y SÁNCHEZ GONZÁLEZ, R.: Descripciones del Cardenal Lorenzana (Archivo diocesano de Toledo).- Toledo: Instituto de Investigaciones y Estudios Toledanos, 1986. pp.439-440 (D. Tomás Beríco, párroco de Orgaz, es quien responde al cuestionario del Cardenal Lorenzana, el año 1784) (7) Privilegio para que las alcabalas de la villa de Orgaz no puedan ser en ningún tiempo vendidas ni enagenadas de la Corona Real . Felipe II, 1573. Confirmación del mismo. Felipe III, 1605 .— En MORALEDA Y ESTEBAN, J.: Documentos varios relativos a la Villa de Orgaz. Adición al libro "La villa de Orgaz".-- Toledo: Manuscrito, 1890.- Real Academia de la Historia de Madrid, sección Manuscritos.-- Edición electrónica: Jesús Gómez Fernández-Cabrera.- Año 2010. [En línea] . Disponible en www.villadeorgaz.es (8) Real ejecutoria a favor de Orgaz, Ajofrin y Sonseca contra Toledo, sobre la libertad de poder vender sus paños a los vecinos de Toledo . Felipe II. Ano 1577.— En MORALEDA Y ESTEBAN, J.: Documentos varios relativos a la Villa de Orgaz. Adición al libro "La villa de Orgaz".-- Toledo: Manuscrito, 1890.- Real Academia de la Historia de Madrid, sección Manuscritos.-- Edición electrónica: Jesús Gómez Fernández-Cabrera.- Año 2010. [En línea] . Disponible en www.villadeorgaz.es
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Creación: mayo 2003 / Última modificación: abril 2016