Villa de Orgaz > Caminos > Hitos y estelas

Villa de Orgaz

PROCESOS ELECTORALES


 

Sumario:

Introducción
.

 
 

DISTRITO ELECTORAL DE ORGAZ
Sistema electoral en la Restauración
El distrito electoral
Diputados por el distrito de Orgaz. Datos biográficos
Diputados por el distrito de Orgaz. Datos electorales
Interventores y candidatos

CENSOS ELECTORALES
Censos de Orgaz

PROCESOS ELECTORALES
1915. Elecciones municipales
1931. Eecciones a Cortes (no celebradas)

1931. Elecciones municipales

1931. Elecciones a Cortes constituyentes
1933. Elecciones municipales

1933. Elecciones Tribunal Garantías Constitucionales
1933. Elecciones a Cortes
1936. Elecciones a Cortes


 

ELECCIONES MUNICIPALES
14 noviembre 1915

.

Para estas elecciones municipales celebradas el domingo 14 de diciembre de 1915 regía la Ley electoral de 1907 aprobada durante el gobierno del conservador de Antonio Maura. (1)

El artículo 29 de esta ley establecía que no habría elección en caso de que en unos comicios hubiera tantos candidatos como puestos a cubrir , en cuyo caso los candidatos no eran electos sino que directamente eran proclamados concejales o diputados por el órgano electoral competente. (2)

Así en el periódico El Castellano del día 8 de noviembre de 1915 (3) , varios días antes de la jornada electoral encontramos la noticia de la proclamación de candidatos en Toledo capital y en algunos pueblos de la provincia:

El Castellano, 8-11-1915, p. 3

En el caso de Orgaz, se explica en la noticia de El Castellano, que son proclamados concejales automáticamente en virtud del art. 29 los siguientes candidatos:

Conejal Filiación
Luciano Cid Adicto (4)
Venancio de la Cruz Adicto
Pedro Pérez Demócrata
Nicolás Sánchez Demócrata
Vicente Gómez Demócrata

En estas elecciones no se votaba a los partidos sino a los candidatos individualmente.



____________________________________

(1) Ley electoral de 8 de agosto de 1907.-- En Gaceta de Madrid, nº 222, 10 de agosto de 1907.  

(2) Ver: SUAREZ CORTINA, Manuel : La España Liberal (1868-1917). Política y sociedad.-- Madrid: Síntesis, 2006, pp. 171-172.
Esta ley estuvo vigente hasta ser modificada por la Segunda República mediante un Decreto de 8 de mayo de 1931 que reguló las elecciones a Cortes Constituyente de junio de 1931.
El sistema establecido en el art. 29 resultaba muy polémico por el alto número de consejales y diputados que eran proclamados sin pasar por el sufragio de los electores.
La razón para explicar por qué sucedió esto se encuentra en el artículo 24 de la misma ley que se detallaban las enrevesadas condiciones que se requerían para ser proclamado candidato.

(3) De elecciones. Proclamación de Candidatos .-- En El Castellano, 8/11/1915, p, 3

(4) Adicto: seguidor del partido gobernante. En este momento el Presidente del Consejo de Ministros era Eduardo Dato, del Partido Conservador,

Anterior
Anterior
 
Siguiente
Siguiente

 

Creative Commons License Los contenidos de esta web estan bajo una licencia de Creative Commons .

Creación: marzo 2022 / Última modificación: